El Tribunal Superior Electoral (TSE) anuló la resolución de la Junta Central Electoral que redefinía la metodología para establecer el orden de los partidos políticos en la boleta electoral. 

Con ello el Partido Revolucionario Dominicano recupera el tercer lugar y el Partido Reformista Social Cristiano desciende al cuarto.

Con cuatro votos a favor y uno en contra, los jueces del TSE determinaron que la resolución 02-2017 de la JCE fue violatoria a los artículos 69.5 y 110 de la Constitución, por lo que restableció el criterio de que la votación válida sea la presidencial, no la sumatoria de los tres niveles (presidencial, congresual y la municipal).

La sentencia TSE 013-207 declaró que el criterio a ser aplicado para la categorización de los partidos políticos será el establecido en el punto número cinco del acta número 31/2016, del 8 de mayo de 2016, adoptada por la anterior JCE. 

En ese sentido, la Alta Corte acogió la demanda de nulidad de la resolución incoada por los partidos Cívico Renovador (PCR), Unión Demócrata Cristiana (UDC), Socialista Social Verde (PASOVE), Humanista Dominicano (PHD), Alianza País (ALPAIS), Humanista Dominicano (PHD) y el Dominicanos por el Cambio (DXC).
El Caribe